PRIMERO: Se declara con lugar la aclaratoria de sentencia en cuanto al calculo del porcentaje de jubilación, por lo tanto, se emite aclaratoria de la parte motiva en cuanto al porcentaje de jubilación, conforme a lo señalado en la presente sentencia y se aclara el dispositivo séptimo de la sentencia definitiva, el cual quedara aclarado de la siguiente manera: SEPTIMO: Se ordena a la Gobernación del Estado Táchira proceder a otorgar la jubilación a la querellante, ajustando dicho beneficio social a las previsiones de la Ley Nacional, específicamente, se debe otorgar la jubilación a la querellante por tener más de veinticinco (25) años de servicio en la docencia y con un porcentaje equivalente al ciento por ciento (100%) del sueldo.
La jubilación aquí ordenada deberá computarse a partir de los tres meses antes de la interposición de la presente querella funcionarial, es decir, a partir del 11/02/2015, dado que la presente querella fue presentada en fecha 11/05/2015, por la pensió.....