Por todas las anteriores consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERECIDO el Recurso de Apelación intentado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO BAUTISTA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.106.614.
Remítase el presente recurso al Tribunal de origen en su oportunidad legal.
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de despacho del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los treinta (30) días del mes de julio del dos mil trece (2.013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.