III
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior de del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: INADMISIBLE la pretensión de Amparo Constitucional incoado por el abogado ANGEL SALCEDO GUERRA, como representante legal de las adolescentes (Se omite conforme lo previsto en el artículo 65 de la Lopnna), contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 08 de Julio de 2013.
Regístrese y publíquese.
Dado, firmado, sellado y refrendado en el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los dieciocho (18) días del mes de Noviembre del dos mil trece (2013).
LA JUEZ,