En mérito de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara CON LUGAR, la Inhibición planteada en fecha 07 de Noviembre de 2013, por la Abogada HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRIGUEZ, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para conocer del expediente Nº 22.775, contentivo de la solicitud de MEDIDAS CAUTELARES, incoado por la ciudadana MIRYAM TARAZONA SANCHEZ, quien actúa en representación de las niñas (Se omite conforme lo previsto en el artículo 65 de la LOPNNA), todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del .....