Visto el escrito de solicitud de ACLARATORIA DE ACTA DE NACIMIENTO, presentado en fecha 21 de Octubre de 2010, por la ciudadana LISBETH JAIMES HERNANDEZ, colombiana, con cédula de ciudadanía Nro. C..C.-1.093.737.737, asistida de la abogada ISABEL ALEJANDRA PARADA, Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Estado Táchira, en beneficio e interés de su hijo de 6 años de edad, se omite el nombre del niño segun lo establecido en el articulo 65 de la ley especial., mediante la cual solicita la Aclaratoria de la constancia de Nacimiento de su hijo, respecto al nombre de éste. Y vista así la comunicación de fecha 18 de Noviembre de 2010, inserta en el expediente, expedida por el Centro Médico "La Frontera" Hospital Privado C.A., San Antonio, en la que informan en su constancia anexa: que según sentencia dictada por este Tribunal, quedó Rectificada la constancia de Nacimiento Nro. 0505769 del recién nacido EDGAR. En consecuencia, esta JUEZ PRIMERA DE P.....