Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que esta Juez Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA CIUDADANA SILVIA SOTO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.817.608, para que en nombre propio y representación de su hija la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ESPECIAL venezolana, de (07) años de edad, identificada con Partida de Nacimiento N° 528, expedida por el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 29 de Marzo del 2006, tramite por ante cualquier organismo público o privado, así como por ante el Instituto de Previsión Social de la Fuerzas Armadas (I.P.S.F.A), las prestaciones sociales, p.....