Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento civil signado con el número: 3641 de "Cobro de Beneficios", y notificado como está el Fiscal XV del Ministerio Público en el Estado Táchira (f-14), es por lo que ésta JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIA Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana: LAURA MARIA RUIZ NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-5.027.161, para que en representación de su hija: se omite el nombre de la adolescente según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial. de 13 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-26.016.607, tramite y reclame por ante cualquier Instit.....