En consecuencia, este TRIBUNAL DE JUICIO DE VIOLENCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE al ciudadano TEOFILO ENRIQUE ROA CONTRERAS, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 26 de julio de 1971, titular de la cédula de identidad N° V-12.799.063, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en Terrazas de Gallardin, Palo Gordo, calle 2, (calle ciega al final), casa N° 84-4 San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0276-4143852, por los delitos de AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 en su segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: CONDENA al acusado TEOFILO ENRIQUE ROA CONTRERAS, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por los delitos de AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados.....