SE AMPLIA EL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR UN (01) AÑO, así como la obligación de: 1) Asistir a cuatro charlas en el equipo interdisciplinario, con el propósito de manejar el control de la ira, a fin de evitar incurrir nuevamente en delitos de esta naturaleza, 2) Efectuar una donación en el hogar de Asilo San Pablo, consistente en alimentos por la cantidad de 30.000 Bs. 3) Una donación por la cantidad de 30.000 Bs. a la Asociación de Niños con Cáncer (A.N.I.C.A.N.). SE MANTIENEN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DECRETADAS A FAVOR DE LA VICTIMA DESDE EL INICIO DEL PROCESO. Quedan notificadas las partes de la presente decisión y de la fecha de la audiencia oral de verificación de cumplimiento de las condiciones para el día 17 DE ENERO DE 2020 A LAS ONCE (11:00 A.M) HORAS DE LA MAÑANA. NOTIFIQUESE A LA VICTIMA. ASI SE DECIDE. CUMPLASE