DISPOSITIVA
En consecuencia, este TRIBUNAL DE JUICIO UNIPERSONAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA INOCENTE y en consecuencia ABSUELVE al acusado PEDRO NEL CASTRO MEDINA, venezolano, mayor de edad, natural de Guacas de Riberas, Estado Barinas, titular de la cédula de identidad N° V-9.354.054, natural de Coloncito, nacido en fecha 05-10-1967, de 41 años de edad, soltero, hijo de Olivo Castro (V) y Flor de María Medina (V), residenciado en Barrio Bolívar, calle 13 con carrera 14, Coloncito Municipio Panamericano, Estado Táchira, de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de Heidy Mayerling Molina Mora.
SEGUNDO: SE DICTA UNA SENTENCIA ABSOLUTORIA, de conformidad con el artícul.....