este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA EXTENSIÓN DEL PLAZO DEL RÉGIMEN DE PRUEBA POR UN AÑO MAS, a favor del ciudadano LUIS ORLANDO USECHE CUAURO, a tenor de lo establecido en el articulo 47 del Código Adjetivo Penal, que estipula: "....Si el acusado o acusada incumple en forma injustificada alguna de las condiciones que se le impusieron.....el Juez o Jueza oirá al Ministerio Público, al acusado o acusada y a su defensa.....El Juez o Jueza decidirá mediante auto razonado acerca de las siguientes posibilidades: .....2.-.En lugar de revocación, el Juez o Jueza puede, por una sola vez, ampliar el plazo de prueba por un año mas, previo informe del delegado o delegada de prueba y oída la opinión favorable del Ministerio Público y de la victima, si está presente",.....