En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro.2 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Ratificar las medidas de seguridad y protección acordadas en principio por el órgano receptor de la denuncia, como son las previstas en los numerales 5° y 6° del artículo 87 de la Ley Orgánica Especial;
SEGUNDO: Impone como nuevas medidas, la obligación para el imputado EDWIN JAIR VALENZUELA PAEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nor. V-11.501.423, de asistir a talleres o charlas en delito de violencia contra la mujer en el CEPAO PROGRAMA DE PREVENCION DEL DELITO, ubicada en la plaza Venezuela de esta ciudad;
TERCERO: Se impone igualmente la medida cautelar prevista en el articulo 92 numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la.....