DECRETA medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Oswaldo Enrique Moreno García, plenamente identificado, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Karla Yoselin Noguera Villamizar, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada (90) días por la Oficina de Alguacilazgo. 2.- Charlas ante el equipo interdisciplinario y., 3.- Someterse al proceso, de conformidad con el artículo 95 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.