PRIMERO: SE ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por la abogada Noraida Isabel García de Santos, Fiscal Provisoria Décima Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, solicitó el enjuiciamiento y que fuera admitida totalmente la acusación contra el ciudadano RICHARD EDUARDO ROMERO RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No V-14.099.937
presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 38 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Sandra Vásquez Bautista, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 Ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas en su totalidad, ofrecidas por la abogada Noraida Isabel García de Santos, Fiscal Provisoria Décima Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, descritas en el escrito acusatorio que consta en las actas, y que aquí se dan por reproducidas, .....