PRIMERO: SE CALIFICA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA DE JUAN BAUTISTA MONCADA PERNIA, venezolano, natural de MACANILLO , Municipio SAN CRISTOBAL, titular de la cédula de identidad N° V-13.103.547, de 40 años de edad, BEDEL, SOLTERO, fecha de nacimiento 06/07/1972, residenciado en MACANILLO SECTOR LA VEGA, CASA S/N PARROQUIA FRANCISCO ROMERO LOBO MUNICPIO SAN CRISTOBAL, Estado Táchira quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Y.E.M. P., por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial.-SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley Especial, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía VIGESIMO SEGUNDA del Ministerio Público, en su oportun.....