PRIMERO: SE CALIFICA LA APRENSIÓN EN FLAGRANCIA DE EDWARD ENRIQUE PINEDA MORALES, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, con cédula de identidad N° V-14.100.538, de 33 años de edad, soltero, nacido en fecha 08/12/1979, de profesión Comerciante, soltero, residenciado en Urbanización Altos de Paramillo, Manzana 8, Casa N° 9, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 45 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana; YENIFER ORIANA LEAL DOS SANTOS. Por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley Especial, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Décimo Octava de.....