PRIMERO: SE CALIFICA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA DE CARLOS EDUARDO VALERA ROSALES, venezolano, natural de La Grita, Municipio Jáuregui, titular de la cédula de identidad N° V-19.339.375, de 25 años de edad, barbero, soltero, fecha de nacimiento 15/02/1988, residenciado en Llano los Zambrano vía principal casa N° 2-14 la Grita Municipio Jáuregui estado Táchira, N° telefónico 0426 -1785946, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de GENESIS VALERIA MENDEZ PERNIA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial. SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley Especial, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía VIGESIMO OCTAVA del .....