PRIMERO: SE CALIFICA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA DE REGULO JESUS MEJIAS VILLAMIZAR, venezolano, natural de Santa Ana del Táchira , titular de la cédula de identidad N° V-18.990.459, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 19-09-1978, profesión: vendedor ambulante, residenciado en el loma del viento sector la invasión, parte baja, casa n°32, santa ana Municipio Córdoba , teléfono 0276-7965414 Estado Táchira, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de ERLEN ENAO, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley Especial, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía S.....