PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la abogada MAITE CARLINA SOTO YAÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38.708, actuando con el carácter de coapoderada judicial de la Sociedad Mercantil PASTEURIZADORA TÁCHIRA C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° 737-2011, de fecha 09/08/2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, por medio del cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JORGE SIMÓN MACIAS GUERRERO, en el expediente administrativo de calificación de falta signado con el N° 056-2012-01-000222.
SEGUNDO: LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia Administrativa N° 737-2011, de fecha 09/08/2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, por medio del cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JORGE SIMÓN MACIAS .....