Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Igualmente se deja constancia que ambas partes, se comprometieron a realizar el traspaso de las referidas acciones a nombre del trabajador o en su defecto a nombre de la persona que él designe, dentro de los tres días hábiles siguientes al de hoy.
EL JUEZ,
ABG. JOSE LEONARDO CARMONA G.
El demandante, Apoderado Judicial del demandante.
Apoderado Judicial de la demandada. Representante de la demandada.
LA SECRETARIA,
ABG. Nidia Moreno.