REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, 16 DE MAYO DE 2011
201 y 152
Expediente No. SP01-L-2010-000400 (Por cobro de prestaciones sociales).

ACTA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO
En el día de hoy, Martes 16 de Mayo de 2011, siendo las dos de la tarde (3:30 p.m.), el Tribunal deja constancia de la comparecencia del demandante ciudadano JESÚS ORLANDO LOPEZ SANCHÉZ acompañado de su apoderado judicial Abogado JHON HUMBERTO ARELLANO COLMENARES, inscrito en el IPSA bajo el No. 89.125., y por la demandada el ciudadano JOSÉ ADOLFO VIVAS MORA, identificado con la cédula d identidad N° 3.793.193, actuando en su carácter de Presidente de la demandada EXPRESOS RÍO FRÍO C.A., acompañado de su apoderado judicial abogado ORLANDO PRATO GUTIERREZ, inscrito en el IPSA bajo el No.33.973., quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le colocara fin a la presente controversia, mediante la cesión de la titularidad de dos acciones al demandante pertenecientes a la sociedad mercantil EXPRESOS RÍO FRIÓ C.A., valoradas cada una en la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs.40.000,00.) para un monto total de OCHENTA MIL BOLIVARES (BS.80.000,00). Propuesta que fue aceptada por el trabajador, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a su favor, por los conceptos reclamados ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Igualmente se deja constancia que ambas partes, se comprometieron a realizar el traspaso de las referidas acciones a nombre del trabajador o en su defecto a nombre de la persona que él designe, dentro de los tres días hábiles siguientes al de hoy.
EL JUEZ,


ABG. JOSE LEONARDO CARMONA G.

El demandante, Apoderado Judicial del demandante.

Apoderado Judicial de la demandada. Representante de la demandada.

LA SECRETARIA,
ABG. Nidia Moreno.