PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, en el recurso de nulidad interpuesto en contra de la providencia administrativa N° 551-2012, de fecha 22 de mayo de 2012 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.
SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia Administrativa N° 551-2012, de fecha 22 de mayo de 2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, por medio de la cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JESUS ARCENIO PERNIA VILLALOBOS, en el identificado con la cédula Nº V-9.230.490.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.