PARTE DISPOSITIVA
Por la motivación antes expuesta este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de interpretación de la Cláusula 22 del Contrato Colectivo suscrito entre la Empresa COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., y el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA BEBIDA DEL ESTADO TÁCHIRA (SUTIBET).
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón que los trabajadores devengan menos de tres salarios mínimos mensuales.
EL JUEZ,
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G. LA SECRETARIA,
ABOG. LINDA VARGAS
En la misma fecha y previa las formalidades de ley, siendo las tres y veinte de la tarde, se registró .....