REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, 01 DE JULIO DE 2009
199 y 150
Expediente N° SP01-L-2009-0000029 (Cobro de Indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo)
ACTA DE HOMOLOGACION

En el día de hoy, miércoles 01 de Julio de 2009, siendo las ocho y cuarenta minutos de la mañana, hicieron acto de presencia ante este Tribunal, por la parte demandante el ciudadano SANDRO YOHAN VIVAS LIZARAZO, identificado con la cédula de identidad N° 13.709.588 acompañado de su apoderado judicial el ciudadano LUIS EDUARDO MENDOZA PEREZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 44.275 y por la parte demandada su apoderado judicial ciudadano PEDRO ALEJANDRO VIVAS MEDINA, inscrito en el IPSA bajo el N° 83.026, quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo antes de la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública, que le pusiera fin a la presente controversia, conviniendo por todos los conceptos pretendidos en el escrito de demanda, un pago por un monto total de OCHENTA MIL BOLÍVARES (BsF. 80.000,00) que serán cancelados de la siguiente manera: 1) Un primer pago por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) el día Lunes 03 de Agosto de 2009; 2) Tres pagos por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) cada uno para ser cancelados los días 01/09/009, 01/10/2009 y 02/11/2009 y 3) Un último pago por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00) el día 01 de Diciembre de 2009, propuesta que fue aceptada por el trabajador y su apoderado judicial, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del demandante, por los conceptos reclamados en el presente proceso ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial una vez transcurrido el lapso para impugnar el contenido del presente auto.
EL JUEZ,
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G.

El demandante,
Apoderado Judicial de la demandada

Apoderado Judicial del demandante LA SECRETARIA,
ABOG. TERESA MERCADO