En este estado la parte oferente ofrece a la parte oferida la suma de OCHENTA MIL BOLIVARES (BS.80.000,oo) que se encuentran depositados en un cuenta aperturada a su favor por orden de este Tribunal en el Banco Bicentenario. Por su lado la parte oferida acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por los conceptos que son objeto de la presente oferta real de pago. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena oficiar a la Oficina de Consignaciones de este Circuito Laboral, a los fines de que proceda a hacer entrega de la correspondiente libreta de ahorros. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Oferente, La Parte Oferida,
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