Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA intentada por la ciudadana la ciudadana NEIDA ALGINEY GUERRERO LAGUADO contra SOCIEDAD MERCANTIL EFEPE C.A. y LUIS EDUARDO FERRER ACOSTA Y MAURO ALBERTO PACHON TOLOZA, POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, y como consecuencia de ello LA PERENCIÓN DEL PROCESO.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los seis (6) días del mes de agosto de dos mil catorce (2014). Publíqu.....