PRIMERO: La INCOMPETENCIA para continuar conociendo de la demanda por ACCIDENTE LABORAL Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por la ciudadana BLANCA MIRÍAN CARDENAS POLENTINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.672.315, contra la Empresa TACHIRA COUNTRY & GOLF CLUB C.A. y solidariamente de los ciudadanos OMAR SANCHEZ y CARLOS EUGENIO BAUTISTA CORDERO, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.732.715 y V-3.426.001.
SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente causa en los Juzgados de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y ordena remitir las actuaciones a éstos.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA,