administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
1. Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RODOLFO ALI RODRÍGUEZ, con el carácter de defensor del adolescente E.L.T.T (identidad omitida por disposición legal).
2. CONFIRMA la decisión dictada el 15 de junio de 2006, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1, de la Sección Penal del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la prisión preventiva del adolescente E.L.T.T (identidad omitida por disposición legal), de conformidad con los literales "a" y "c" del artículo 581 en concordancia con el segundo aparte del artículo 628 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.