En este estado y estando dentro del lapso legal para ello, entra el Tribunal a resolver lo peticionado, considerando quien juzga, que dicha manifestación de voluntades, según sus alegatos, se realizan en forma libre y voluntaria, es decir, las partes hicieron uso de acto de auto composición procesal, cuyo propósito es el de poner fin al proceso, este Tribunal la declarada conforme a derecho y le imparte su homologación. Así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho este Tribunal, administrando Justicia declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCION, realizada por el ciudadano GERSON YOSBAN CASTRO CAÑAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-14.417.905 en su condición de parte actora, por una parte y por la otra la parte demandada Sociedad Mercantil "CERVECERIA POLAR, C.A."
SEGUNDO: Se declara terminado el proceso incoado por el ciudadano GERSON YOSBAN CASTRO CAÑAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No .....