DISPOSITIVA
Por lo expuesto ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, DE LA EXTENSION SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate oral y público, iniciado en contra del ciudadano: JESUS SAUL CHACON RANGEL, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de Colón estado Táchira, nacido en fecha 28 de marzo de 1964, de 48 años de edad, hijo de Dilia Rangel (f) y de Virgilio Chacón (f), soltero, de profesión u oficio comerciante, por la presunta comisión del delito TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 149 en concordancia con el artículo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del estado venezolano, incoado por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscrip.....