ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CARLOS CEPEDA PINZON, de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido el día 09-12-1983, de 21 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Ana Mercedes Cepeda, titular de la cédula de identidad Nº V-19.216.644, domiciliado en el Mangal, invasión, San Antonio del Táchira, Estado Táchira, en virtud de haber finalizado el plazo de Régimen de Prueba celebrado entre las partes el día 08 de Enero de 2004, por la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 en su único aparte del Código Penal, en perjuicio de la adolescente Luz Rosario Becerra Sarmiento, tod.....