ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: Se Ordena a la Oficina del alguacilazgo remitir información sobre el cumplimiento de las condiciones expuestas en las estipulaciones 1, 2, de las condiciones que se impusieron en fecha 21 de Febrero de 2007, al ciudadano: JOSÉ ANTONIO BAUTISTA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V. 8.991.933, de 35 años de edad, nacido en fecha 07-10-1970, sin profesión ni residencia fija en el país, a quien se le imputó la comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, (vigente para la fecha de los hechos).
Déjese copia en el Tribunal, cúmplase con lo ordenado. En San Antonio a los veintitrés (23) días del mes de Abril de Dos Mil Ocho (2008). Años 197º de la Independ.....