ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE CONDENA al acusado LUIS EDUARDO TAMI PÉREZ, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, natural de 12 de Mayo de 1.975, de 35 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº CC-88.219.511, soltero, Obrero, hijo de Rodolfo Tami Quiroga (f) y de María Marleny Pérez Velasco (f), domiciliado en el barrio San Josecito Los Ranchos, calle principal, No. 6-6, al lado de la Bodega Don Juan, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0276-764.00.38, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN; todo de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber declarado y admitido de manera libre, sin apremio y voluntaria su admisión de los hechos, en la comisión del delito de ROBO ARREBATON previsto y sancionad.....