PRIMERO: ABSUELVE al acusado LÓPEZ MÁRQUEZ JAMES LOVELL, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio estado Táchira, nacido en fecha 13-10-1968, 40 años de edad, hijo de María Márquez (v) y de Antonio López (f), titular de la cédula de identidad V-8.986.535, divorciado, de profesión u oficio taxista, residenciado en la carrera 15, No. 1-16, Barrio Pinto Salinas, avenida principal, teléfono 0276-7716428, de la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por mayoría simple.
SEGUNDO: EXONERA de COSTAS al Estado Venezolano por haber existido elementos para que la Fiscalía llevara adelante la investigación y ser necesario la realización del juicio oral y publico.
TERCERO: SE DECRETA EL CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privaci.....