PRIMERO: Asume la Competencia y en consecuencia se Constituye Unipersonalmente, para realizar el juicio oral y público en la presente causa, seguida a CIRO ALFONSO RODRIGUEZ OVALLOS, de nacionalidad colombiana, natural de Norte de Santander, nacido en fecha 10/02/1981, de 30 años de edad, con cédula de Ciudadanía Nº C.C- 88.248.127, de profesión u oficio agricultor, soltero, residenciado en Las Dantas caserío La Moderna, al lado de la iglesia municipio Junín estado Táchira, hijo de Gloria Ovallos y Pablo Rodríguez, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal y USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del estado Venezolano, y.....