Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, decide:
UNICO: Improcedente el recurso de revisión solicitado por el abogado Erick Raniery Ortiz Cáceres, en su carácter de defensor del penado JUAN BELTRAN MEJIAS AGUERO.