ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO N° 2 DEL CIRCUITO JHUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL DECIDE:
UNICO: DECLARAR INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONTITUCIONAL, interpuesta por Pedro Ivano Atanasio Medina, Venezolano, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-4.467 y con domicilio en la casa N° 129 de la Urbanización Tienditas, Primera Etapa, en la Jurisdicción del Municipio Pedro María Ureña, en contra de los ciudadanos Carlos Javier Rojas Candela, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.251.637 y Rosa González Peñaloza, titular de la cédula de identidad N° 13l.173.356, de conformidad el artículo 5 y articulo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Notifíquese, Regístrese, y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Abg. MARIA HAYDEE VEZGA RAMIREZ
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
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