ESTETRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano: LUIS EDUARDO GUTIERREZ BARRIOS, quien manifiesta ser de nacionalidad colombiana, natural de Bucaramanga, nacido en fecha 11-09-1962, de 43 años de edad, soltero, ceramista, con segundo de primaria como grado de instrucción, hijo de Consolación Barrios (v) y Luis Eduardo Gutiérrez (f), titular de la cédula de ciudadanía N° CC- 13.268.760, residenciado en la calle 15, casa N°70-30, Barrio 5 de Julio parte alta, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARIA OLGA JAIMES RINCON, en virtud de haberse cum.....