DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Extensión San Antonio del Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada en contra del ciudadano LEO CERMENIO RIVERA GIRÓN, quien dice ser de nacionalidad Colombiano, mayor de edad, natural del Departamento del Cauca, República de Colombia, nacido en fecha 15 de septiembre de 1966, de 45 años de edad, hijo de Alejandro Rivera (v) y de Arley Girón (v); titular de la cedula de ciudadanía C.C.- 17.702.338, casado, de profesión u oficio mototaxi, residenciado en Cúcuta Norte de Santander, República de Colombia, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Esta.....