EL TRIBUNAL PUBLICA DECISIÓN ASÍ: UNICO: REVISA y declara sin lugar solicitud de la Defensora Pública abogada Carmen Ibarra, en la que pide que se le sustituya la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 22-09-2013, por el Juzgado Segundo de Control, contra: LUDY AMPARO ESTRADA; y JOSE VICENTE SANGUINO, en la presunta comisión de los delitos de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el articulo 149 en concordancia con el artículo 163 numeral 7 de la Ley Orgánica de Drogas, y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto en el articulo 277 del Código Penal; por estar llenos los extremos del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se mantiene con plenos efectos la Medida Cautelar de Privación Judicial preventiva de Libertad, que pesa en contra de los prenombrados acusados. Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes.