PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano WILFREDO GÁMEZ JAIMES, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Anita, titular de la cédula de identidad N° V-13.037.133, nacido en fecha 12 de marzo de 1.973, de 39 años de edad, soltero, hijo de Alterio Gámez (f), y María Jaimes (v); residenciado en la Quiracha del Bloque 29, apartamento 2-02, Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, en la comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Sandra Yaritza Camacho; VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA previsto y sancionado en los artículos 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana y de las adolescentes D. P. H. C., y S. K. H. C. (identidad omitida), de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE, PENALMENTE RESPONSABLE y se CONDENA.....