Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio del Táchira, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: UNICO Declara con lugar la solicitud de la Defensa y en consecuencia ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada por el Tribunal Tercero de Control de esta Extensión Judicial en fecha 30 de Mayo de 2003, en contra de GILBERTO RIVERA CASTRO, colombiano, titular de la cédula de ciudadanía No 86050501, nacido el 15-05-1976, casado, católico, hijo de ALBERTO RIVERA Y MARIA CASTRO, de oficio soldador, residenciado en calle 14 entre carreras 5 y 6 casa No 14, diagonal a la Biblioteca, en Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, incurso en la presunta comisión del delito TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y .....