PRIMERO: DECLARA CULPABLE, PENALMENTE RESPONSABLE y se CONDENA, al ciudadano CARLOS AUGUSTO HIGUERA, de nacionalidad venezolana, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 16 de diciembre de 1974, de 37 años de edad, hijo de Justo Pastor Quintero (f) y de Aura Matilde Higuera (v) titular de la cedula de identidad N° V-12.518.634, soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en la Palmita 2, Barrio La guaira, Rubio, Estado Táchira; por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en la parte in fine artículo 43 de la Ley Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la adolescente A.C.C.F (se omite el nombre por razones de ley).
SEGUNDO: Se CONDENA a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en la parte in fine artículo 43 de la Ley Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perj.....