Visto el escrito de presentado por la Abogada RITA DE JESUS MOLINA, actuando en el carácter de Defensor Público Penal, del imputado RAMIREZ RODRTIGUEZ GUSTAVO ALIRIO, este Tribunal observa que en varias y reiteradas oportunidades a solicitado las actuaciones a la Fiscalía Octava del Ministerio Público, inclusive tal situación viene ocurriendo desde el 2004, es decir, la Juez que me antecede la Dra. Belkis Araujo, en varias oportunidades también solicitó las actuaciones a la prenombrada Fiscalía a fines de resolver los pedimentos ya que es una causa antigua y no registra en el sistema Iuris 2000, por tal situación este Juzgador requiere de la revisión del Original de las actuaciones para conocer y resolver, es por lo que se ordena oficiar a la Fiscalía Octava del Ministerio Público para que en la Brevedad posible regrese la causa para la sede de este Circuito Judicial Penal para estudiar y resolver lo planteado por la defensa. Notifíquese al imputado de la presente decisión así como .....