DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los imputados NELSON PEREZ, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, natural de Pie de Cuesta, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía N° 88.192.179, con fecha de nacimiento 10-01-1976, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación maletero, sin residencia fija en el país, residenciado en el Barrio 20 de Julio, Carrera 13, Casa N° 10N-40, Villa del Rosario, República de Colombia, PHILL ANDERSON ROJAS ALMEIDA, HERNANDO ANGARITA CELIS, y FRANKLIN YOVANNY ARCHILA SUAREZ, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, natural de Villa del Rosario, República de Colombia, Indocumentado, con fecha de nacimiento 20-02-1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación maletero, sin residencia fija en el país, residenciado en la Carrera 5, Casa N° 19-29, Villa del Rosario, República de Colombia, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artíc.....