Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO CUATRO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Examen y Revisión de la Medida Cautelar planteada por la abogada AIDA FABIANA REYES, en su carácter de Defensora Pública del imputado MANUEL GUIDO SOTO FAJARDO, de nacionalidad colombiana, natural de Villa del Rosario, República de Colombia, nacido el día 11-04-1982, de 23 años de edad, hijo de Pablo Emilio Soto (v) y Flor del Carmen Soto Fajardo, portador de la cédula de ciudadanía N° 88.130.249, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio La Palmita, parte baja, casa N° 6-29 Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, a quien se le sigue causa en su contra por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCIÓN, Todo de conformidad a los artículos 264, 256 ordinales 2 y 3 ambos del Código Orgánico Pr.....