DISPOSITIVO
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano JUAN CARLOS BUENO GENES, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, natural de Majagual, Departamento Sucre, Republica de Colombia, nacido en fecha 03 de octubre de 1.979, de 30 años de edad, soltero, hijo de Tarsicio Bueno (V) y de Zoila Genes (V), de profesión u oficio Contador Publico, residenciado en Cúcuta, sin residencia fije en el país, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Manzano Salazar Jessica Torcoroma, por encontrarse llenos los extremos del articulo 93.....