Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de las ciudadanas: EVA GELVIS COLMENARES; y ARACELIS JOSEFINA GURIGUAN DE GONZALEZ, ampliamente identificadas en las actas que anteceden ; por encontrarse incursas en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418, del Código Penal; en perjuicio de las ciudadanas Belkis Johana Romero Bautista y Coromoto Bautista de Romero, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 Ordinal 7° y 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haberse verificado el estricto cumplimiento de las condiciones impuestas en fecha 05 d.....