ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 eiusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos EDUARDO COBOS ROMERO , Colombiano, de 56 años de edad, casado, titular de la cédula de ciudadanía N° 19.376.714, fecha de nacimiento 15 de octubre 1956, hijo de Luis Alberto Cobos Tello y Isabel Cobos Romero, de profesión u oficio Comerciante; residenciado en el Calle 3 N° 7-47 Barrio Plaza Vieja Ureña Estado Táchira y BEATRIZ VARGAS CALDAS, Colombiana, de 37 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 52081434, fecha de nacimiento 01 de septiembre de 1.973, hija Luis Adrián Vargas y Ana Caldas, profesión u oficio hogar, residenciada en el Calle 3 N° 7-47 Barrio Plaza Vieja Ureña Estado Táchira, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identifi.....