UNICO: .- Se revisa a solicitud de parte, la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Privativa Preventiva de la libertad existente sobre el ciudadano SAID FERNÁNDO FELIZZOLA SANTIAGO, de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 05 de Enero de 1985, de 26 años de edad, hijo de Said Felizzola Quintero (v) y de Luz Marina Santiago (v), titular de la cédula de ciudadanía No. 5.401.561, soltero, Obrero, residenciado en Barrio San Isidro, calle 8, No. 8-81, a media cuadra de una panadería, Ureña, Estado Táchira, teléfono 0276-926.86.19, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 41 y 40 respectivamente ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia, en perjuicio de la Adolescente J.T.H.C. (se omite por razones de ley), eximiéndole de presentar los fiadores requeridos en el acta de fecha 02 de d.....